Micelio
Auto2 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Rosalia En Representación De Su Hijo·Demandado Mindefensa Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se adopta, como medida de protección, suspender el traslado probatorio del expediente de la referencia hasta que, por intermedio de la Secretaría de la Corporación, se elimine el municipio de residencia actual de la accionante y cualquier información sensible o relativa a datos personales de la actora y de su hija menor de edad.

Se dispone que, una vez se surta lo previamente referenciado, se corra el respectivo traslado ordenado en el auto de pruebas.

Así mismo, se vincula a la Fiscalía General de la Nacional para que, en el marco de sus competencias, se pronuncie sobre los hechos que motivan la solicitud de amparo, en particular, las amenazas que ha recibido la accionante en el contexto de los procesos judiciales que ella ha impulsado en contra del accionado.

Así mismo, se ordena a la precitada entidad contactar a la peticionaria a través de su apoderado judicial, con el fin de efectuar un análisis del riesgo que pueda tener a su vida e integridad personal y, de ser el caso, adoptar todas las medidas pertinentes y necesarias de protección para materializar los derechos a una vida libre de violencias.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. SUSPENDER el traslado probatorio en el expediente T-9.455.557 hasta que, por intermedio de la Secretaría de la Corte Constitucional, se elimine el municipio de residencia actual de la accionante y cualquier información sensible o relativa a datos personales de la accionante o de su hija menor de edad. Una vez surtido dicho proceso, CORRER el respectivo traslado ordenado en el auto de pruebas.
  2. SEGUNDO. VINCULAR a la Fiscalía General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, se pronuncie sobre los hechos que motivan la acción de tutela, en particular, las amenazas que ha recibido la accionante en el contexto de los procesos judiciales que ella ha impulsado en contra del accionado.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Fiscalía General de la Nación que, en el término de tres (3) días contados a partir de la notificación de esta providencia, contacte a la accionante a través de su apoderado judicial con el fin de efectuar un análisis del riesgo de Rosalía y de su hija menor de edad a su vida e integridad personal y, de ser el caso, adopte todas las medidas pertinentes y necesarias de protección para materializar los derechos a una vida libre de violencias, de conformidad con sus competencias.
  4. CUARTO. ORDENAR que, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, se oficie a la Fiscalía General de la Nación para que dé cumplimiento a las anteriores determinaciones con la mayor celeridad y mantenga las reservas que la situación de la accionante exige.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela